° En las localidades en que no haya sino Administración Subalterna de Correos sólo éstas podrán vender especies postales.
Decreto 154 de 1936 →Vigente
Artículo 3
En Las Localidades En Que No Haya Sino Administración Subalterna De Correos Sólo Éstas Podrán Vender Especies Postales
Decreto 154 de 1936 · Por el cual se adicionan y reforman los Decretos 493 de 1933 y 669 de 1935, sobre expendios de especies postales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.