Micelio

Artículo 3

No Podrán Introducirse, Para Que Cursen Libres De Porte, Despachos O Exhortos Que, Dentro De Actuaciones Judiciales, A Petición De Las Partes Deban Comunicarse Telegráficamente, Ni Tampoco Circulares Telegráficas

Decreto 1935 de 1972 · Por el cual se reglamenta el artículo 10 del Decreto extraordinario número 1265 de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. No podrán introducirse, para que cursen libres de porte, despachos o exhortos que, dentro de actuaciones judiciales, a petición de las partes deban comunicarse telegráficamente, ni tampoco circulares telegráficas. Si un mismo mensaje va dirigido a dos o más destinos debe presentarse en la correspondiente oficina telegráfica un texto separado para cada uno de ellos. Cuando se trate de envíos postales el pago de los portes se hará de conformidad con las disposiciones legales pertinentes,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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