Micelio

Artículo 8

Derogado Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Derogado Artículo 43 Ley 820 De 2003 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 8° En Desarrollo Del Numeral 1° Del Artículo 12 De La Ley 56 De 1985, Si El Arrendador, Dentro Del Período Pactado Para La Cancelación Por Parte Del Arrendatario Del Canon De Arrendamiento, Se Niega A Recibir El Pago Del Precio Que Legalmente Se Debe Efectuar, Podrá El Arrendatario Cumplir Su Obligación Consignando Las Respectivas Sumas En El Banco Popular Del Lugar De Ubicación Del Inmueble, Dentro Del Día Hábil Siguiente Al Vencimiento De Tal Período Y Dando Aviso Al Arrendador Dentro De Los Cinco (5) Días Siguientes A La Consignación; Las Consignaciones Subsiguientes Se Efectuarán Dentro Del Período Pactado

Decreto 1816 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Derogado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1816 de 1990