°. El Ministerio de Educación Nacional procederá a crear, además, Escuelas de Artesanos e Institutos Politécnicos Complementarios para Señoritas, y a brindarles todo su apoyo en aquellos lugares en que las autoridades departamentales o municipales o empresas industriales o comerciales ofrezcan sumas de dinero o cualquiera otra clase de valores utilizables para la creación de tales establecimientos, siempre que los recursos ofrecidos sean suficientemente cuantiosos para llenar las necesidades del establecimiento, y facilitar su consolidación. Categoría de cursos
Artículo 7
El Ministerio De Educación Nacional Procederá A Crear, Además, Escuelas De Artesanos E Institutos Politécnicos Complementarios Para Señoritas, Y A Brindarles Todo Su Apoyo En Aquellos Lugares En Que Las Autoridades Departamentales O Municipales O Empresas Industriales O Comerciales Ofrezcan Sumas De Dinero O Cualquiera Otra Clase De Valores Utilizables Para La Creación De Tales Establecimientos, Siempre Que Los Recursos Ofrecidos Sean Suficientemente Cuantiosos Para Llenar Las Necesidades Del Establecimiento, Y Facilitar Su Consolidación
Decreto 1124 de 1948 · por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1947 sobre creación de Escuelas de Artesanos y de Institutos Politécnicos Complementarios para Señoritas.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.