Micelio

Artículo 8

º La Ejecución De Proyectos Que Utilicen Recursos Del Fondo De Inversiones Para El Desarrollo Regional Del Occidente Colombiano, Estará A Cargo De Entidades Del Orden Nacional, Departamental Y Municipal, De Acuerdo Con Los Requerimientos Técnicos, Institucionales Y Operacionales Establecidos En Los Estudios Aprobados Por El Consejo Regional De Planificación Del Occidente Colombiano

Decreto 3085 de 1986 · Por el cual se crea la Región de Planificación del Occidente Colombiano y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La ejecución de proyectos que utilicen recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional del Occidente Colombiano, estará a cargo de entidades del orden nacional, departamental y municipal, de acuerdo con los requerimientos técnicos, institucionales y operacionales establecidos en los estudios aprobados por el Consejo Regional de Planificación del Occidente Colombiano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3085 de 1986