Modifíquese el inciso segundo del artículo 249 de la Ley 1819 de 2016, el cual quedará así:
Artículo 249. Aplicación del Cobro de la Contribución.
(...)
La Contribución Nacional de Valorización se podrá aprobar y aplicar antes, durante y hasta cinco (5) años después del inicio de la operación del proyecto.