Micelio

Artículo 37

Los Ingresos Del Instituto Se Destinarán Especialmente: A) A Cubrir Los Gastos De Explotación; B) A Constituir El Fondo De Reserva Por Desgaste Y Depreciación De Activos, De Acuerdo Con Lo Que Determine La Junta Directiva; C) Al Pago De Deudas Y Compromisos Pendientes De La Antigua Radiotelevisora Nacional Por Razón De Equipos E Instalaciones; D) A Las Inversiones Relacionadas Con El Ensanche Y Mejoramiento De La Red Y De Las Instalaciones Y Servicios Existentes; E) A La Creación De Las Demás Reservas Que A Juicio De La Junta Directiva Sean Necesarias O Convenientes Para La Buena Marcha Del Establecimiento; F) A Cubrir Los Gastos Que Ocasione La Contratación De Colaboraciones Artísticas O De Asesores A Profesionales O Técnicos, Y G) A Cubrir Los Gastos Necesarios Para La Formación Y La Capacitación De Personal Para Los Servicios De Radiodifusión, Cinematografía Y Televisión

Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ingresos del Instituto se destinarán especialmente

a)

A cubrir los gastos de explotación;

b)

A constituir el fondo de reserva por desgaste y depreciación de activos, de acuerdo con lo que determine la Junta Directiva;

c)

Al pago de deudas y compromisos pendientes de la antigua Radiotelevisora Nacional por razón de equipos e instalaciones;

d)

A las inversiones relacionadas con el ensanche y mejoramiento de la red y de las instalaciones y servicios existentes;

e)

A la creación de las demás reservas que a juicio de la Junta Directiva sean necesarias o convenientes para la buena marcha del establecimiento;

f)

A cubrir los gastos que ocasione la contratación de colaboraciones artísticas o de asesores a profesionales o técnicos, y g) a cubrir los gastos necesarios para la formación y la capacitación de personal para los servicios de radiodifusión, cinematografía y televisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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