Micelio

Artículo 2

Será De Aplicación En Los Municipios Señalados En El Artículo Anterior El Régimen Normativo Especial Para Situaciones De Desastre Contemplado En Los Articules 25 Y Siguientes Del Decreto 919 De 1989, Así Como Lo Dispuesto Por El Artículo 56 Del Decreto 1909 De 1992 Y Demás Disposiciones Concordantes

Decreto 23 de 2010 · por la cual se declara la existenxcia de una situación de desastre departamental y distrital.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Será de aplicación en los municipios señalados en el artículo anterior el régimen normativo especial para situaciones de desastre contemplado en los articules 25 y siguientes del Decreto 919 de 1989, así como lo dispuesto por el artículo 56 del Decreto 1909 de 1992 y demás disposiciones concordantes. Los órganos competentes de las entidades territoriales dictarán, igualmente, las disposiciones especiales que deban regir a partir de la presente declaratoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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