Las declaraciones que reciban los funcionarios del Ministerio Público, en desarrollo de las averiguaciones que adelanten en ejercicio de sus facultades, se harán bajo la gravedad del juramento. Cuando la averiguación se inicie en virtud de queja, el funcionario encargado de adelantarla ordenará su ratificación bajo juramento.
Decreto 521 de 1971 →Vigente
Artículo 44
Las Declaraciones Que Reciban Los Funcionarios Del Ministerio Público, En Desarrollo De Las Averiguaciones Que Adelanten En Ejercicio De Sus Facultades, Se Harán Bajo La Gravedad Del Juramento
Decreto 521 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.