Micelio

Artículo 3

Las Construcciones O Reedificaciones De Casas Para Habitaciones A Que Se Refiere Este Decreto Se Someterán A Las Disposiciones Pertinentes Contenidas En Las Resoluciones Números 16 Y 325 Dictadas Por La Dirección Nacional De Higiene Y Asistencia Pública Con Fecha 19 De Abril De 1

Decreto 436 de 1928 · Por el cual se reglamentan los artículos 20, 22, 24 y 26 de la Ley 49 de 1927

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las construcciones o reedificaciones de casas para habitaciones a que se refiere este Decreto se someterán a las disposiciones pertinentes contenidas en las Resoluciones números 16 y 325 dictadas por la Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública con fecha 19 de abril de 1.919 y 31 de agosto de 1925, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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