Micelio

Artículo 1.5.1.2.1.2

Procedencia De La Factura De Venta De Talonario O De Papel

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los sujetos obligados a facturar de manera electrónica podrán expedir factura de talonario o de papel, solamente en los casos en los que se presenten los inconvenientes tecnológicos de que trata el Artículo 1.5.1.5.7.1 de la presente resolución, que le imposibiliten facturar electrónicamente.

Parágrafo

La factura de venta de talonario o de papel se deberá generar para su expedición de forma manual o autógrafa o a través de sistemas informáticos electrónicos que permitan la interacción, en cuyo caso, se entenderán cumplidos los requisitos de impresión previa de que trata el artículo 617 del Estatuto Tributario y los requisitos establecidos en los numerales 1, 2, 4, y 13 del Artículo 1.5.1.2.2.2 de esta resolución.

(Artículo 10, Resolución 165 de 2023)

SUBSECCIÓN 2.

REQUISITOS DE LA FACTURA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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