Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2187 de 1994 · por el cual se suprime un cargo en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se reasignan unas funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Asígnase al Consejero Presidencial para el Desarrollo Institucional, además de las funciones establecidas en el artículo 16 del Decreto 1860 de 1991, las funciones que tenía el Consejero Presidencial para el Desarrollo de la Constitución establecidas en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1991.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2187 de 1994