° Toda persona que quiera establecerse como colono cultivador en la zona a que se refiere el presente Decreto, deberá llenar los requisitos siguientes
Ser varón mayor de diez y ocho (18) años y menor de cincuenta (50).
Gozar de buena salud, previa presentación de certificado médico que así lo acredite.
Certificado de buena conducta, expedido por dos personas de reconocida honorabilidad.
Certificado de aptitud y experiencia en el ramo agrícola.
Hacer su solicitud ante el Ministerio de Industrias y Trabajo o ante la Dirección de la Colonia. Si el solicitante fuere extranjero, deberá llenar las condiciones requeridas para ser aceptado como inmigrante, y luego firmar una diligencia en la cual declare que se somete a los reglamentos que dicte el Gobierno sobre la Colonia.