Artículo. 19. Criterios territoriales de selección de objetivos. Para la selección de los territorios en que intervendrá la Unidad Especial de Investigación, se deberán tener en cuenta por lo menos los siguientes criterios
Municipios con mayor número de agresiones a defensores(as) de derechos humanos, miembros de movimientos sociales y políticos, incluidos los integrantes del nuevo partido político que surjan del tránsito a la actividad política legal de las FARC-EP e implementadores del Acuerdo de Paz.
Municipios y territorios rurales vulnerables en el posconflicto, incluidas las Zonas Veredales Transitorias de Normalización o los espacios donde se realice la reincorporación de las FARC-EP.
Municipios con mayor riesgo de corrupción y cooptación en la región.
Capacidad institucional de la Fiscalía General de la Nación en los municipios.