Micelio

Artículo 10

El Pago De Prestaciones Periódicas Se Hará Efectivo, En Todo Caso, A Partir Del Día En Que Se Cumplan Los Tres (3) Meses Previstos Para El Trámite De Su Reclamación

Decreto 239 de 1952 · Sobre trámite para el reconocimiento de prestaciones sociales en el ramo de guerra

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El pago de prestaciones periódicas se hará efectivo, en todo caso, a partir del día en que se cumplan los tres (3) meses previstos para el trámite de su reclamación. El reconocimiento administrativo deberá efectuarse dentro de dicho plazo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 239 de 1952