Micelio

Artículo 12

El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Se Abstendrá De Escrutar O De Elegir Los Nombres Que Vengan Sin Los Requisitos Enumerados En El Artículo Anterior

Decreto 1366 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 79 de 1931, orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público se abstendrá de escrutar o de elegir los nombres que vengan sin los requisitos enumerados en el artículo anterior. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1366 de 1931