°. Desde la fecha del presente Decreto, las Intendencias Fluviales de Barranquilla y Cartagena y sus oficinas subalternas, incluyendo la Sección de Clasificación de Embarcaciones, dependerán de la División de Transportes del Ministerio de Fomento.
Decreto 458 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Desde La Fecha Del Presente Decreto, Las Intendencias Fluviales De Barranquilla Y Cartagena Y Sus Oficinas Subalternas, Incluyendo La Sección De Clasificación De Embarcaciones, Dependerán De La División De Transportes Del Ministerio De Fomento
Decreto 458 de 1961 · Por el cual se adscriben unas funciones al Ministerio de Fomento, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.