Micelio

Artículo 1

Decreto 444 de 1967 · Sobre régimen de cambios internacionales y de comercio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El régimen de cambios internacionales y de comercio exterior que este Decreto establece, tiene por objeto promover el desarrollo económico y social y el equilibrio cambiario a través de los siguientes medios

a)

Fomento y diversificación de las exportaciones;

b)

Aprovechamiento adecuado de las divisas disponibles;

c)

Control sobre la demanda de cambio exterior, particularmente para prevenir la fuga de capitales y las operaciones especulativas;

d)

Estímulo a la inversión de capitales extranjeros, en armonía con los intereses generales de la economía nacional;

e)

Repatriación de capitales y reglamentación de las inversiones colombianas en el Exterior, y

f)

Logro y mantenimiento de un nivel de reservas suficiente para el manejo normal de los cambios internacionales.

Parágrafo

Las disposiciones del presente estatuto se interpretarán y aplicarán de conformidad con este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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