Micelio

Artículo 2

Cada Solicitud Deberá Estar Acompañada De Una Copia Autenticada De Los Correspondientes Estatutos Y Del Acta En Que Se Haya Hecho La Elección De Dignatarios, Documentos Que Deberán Extenderse En Papel Sellado Y Se Les Agregará Además El Papel Necesario Para La Actuación

Decreto 1326 de 1922 · Por el cual se determina el procedimiento para las peticiones de personería jurídica y se dicta una disposición en desarrollo del artículo 5o del Decreto Legislativo número 2 de 1906

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cada solicitud deberá estar acompañada de una copia autenticada de los correspondientes estatutos y del acta en que se haya hecho la elección de dignatarios, documentos que deberán extenderse en papel sellado y se les agregará además el papel necesario para la actuación. Sin estos requisitos el asunto será devuelto a la Gobernación de donde proceda.

Parágrafo

Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de las exenciones reconocidas por las leyes sobre el impuesto de papel sellado y timbre nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1326 de 1922