Manejo de la información sobre educadores en situación de riesgo extraordinario o extremo. Las bases de datos y los archivos electrónicos y físicos que se conserven en las entidades territoriales y en el Ministerio de Educación Nacional en donde obre o aparezca la identificación, procedencia y ubicación de educadores estatales bajo situación de riesgo extraordinario o extremo serán administrados de tal manera que se garanticen los derechos a la reserva e intimidad personal y familiar, a la honra y buen nombre de las personas y demás derechos consagrados en la Constitución Política y las leyes.
Decreto 1628 de 2012 →Vigente
Artículo 15
Manejo De La Información Sobre Educadores En Situación De Riesgo Extraordinario O Extremo
Decreto 1628 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 22 de la Ley 715 de 2001 en relación con el procedimiento para la protección de docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en los establecimientos educativos estatales ubicados en las entidades territoriales certificadas en educación que se encuentran bajo riesgo extraordinario o extremo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.