Micelio

Artículo 38

Conforme A Lo Ordenado En El Artículo 4º Del Decreto Número 1192 De 1940, Los Aspirantes A Empleos De Carácter Permanente Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Deberán Llenar Las Condiciones Mínimas Exigidas En El Presente Escalafón, Además De Las Que Prescriben La Ley 165 De 1938 Y Los Decretos Reglamentarios, Aun Cuando Los Cargos Respectivos No Pertenezcan A La Carrera Administrativa

Decreto 1279 de 1942 · Por el cual se establece el Escalafón de empleos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se fijan las condiciones mínimas de admisión al servicio y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conforme a lo ordenado en el artículo 4º del Decreto número 1192 de 1940, los aspirantes a empleos de carácter permanente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberán llenar las condiciones mínimas exigidas en el presente Escalafón, además de las que prescriben la Ley 165 de 1938 y los Decretos reglamentarios, aun cuando los cargos respectivos no pertenezcan a la carrera administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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