Micelio

Artículo 2

Para Obtener El Patrocinio Oficial Y Gozar De Los Beneficios Que Conceden Las Citadas Leyes, Es Necesario Que Se Llenen Los Siguientes Requisitos: A) Acreditar La Calidad Artística Y Cultural Del Espectáculo Mediante La Presentación De Los Documentos Que A Continuación Se Expresan: Repertorio De Las Obras, Lista Del Personal De La Compañía, Documentos Certificados De Los Teatros En Donde Haya Actuado, Dentro O Fuera Del País, Y Títulos O Certificados De Estudio En El Caso De Los Solistas O Instrumentistas Musicales, Declamadores Y Conferenciantes, Cando Su Nombre No Sea Suficientemente Conocido

Decreto 606 de 1945 · Por medio del cual se reglamentan los artículos 7º y 3º de las Leyes 45 y 60 de 1944, respectivamente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para obtener el patrocinio oficial y gozar de los beneficios que conceden las citadas leyes, es necesario que se llenen los siguientes requisitos

a)

Acreditar la calidad artística y cultural del espectáculo mediante la presentación de los documentos que a continuación se expresan: repertorio de las obras, lista del personal de la Compañía, documentos certificados de los teatros en donde haya actuado, dentro o fuera del país, y títulos o certificados de estudio en el caso de los solistas o instrumentistas musicales, declamadores y conferenciantes, cando su nombre no sea suficientemente conocido.

b)

Comprometerse a dar una presentación gratuita, por lo menos, ante estudiantes u obreros o cualesquiera otras entidades que determine el Departamento de Extensión Cultural y Bellas Artes, de conformidad con sus planes de cultura popular, y

c)

Someterse al dictamen de una Junta Asesora de Selección Artística que nombrará el Ministerio de Educación Nacional por medio de resolución especial, dándole representación al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En los Departamentos la Junta Asesora será nombrada por el respectivo Director de Educación, quien solicitará del ministerio últimamente citado el nombre del candidato que a esta entidad le corresponde. El Fallo de la Junta será comunicado al ministerio de Educación Nacional para los efectos legales a que haya lugar.

Parágrafo

De esta formalidad estarán exentos los artistas o compañías de reconocido prestigio, que hayan actuado en los teatros de primera categoría de las capitales americanas o europeas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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