º El presente decreto rige a partir del día primero (19) del mes de marzo del año en curso, con excepción de las supresiones de los Conserjes de Aseo en los ramos de Correos y Telégrafos, que rigen desde el primero (19) de febrero último. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 700 de 1949 →Vigente
Artículo 7
El Presente Decreto Rige A Partir Del Día Primero (19) Del Mes De Marzo Del Año En Curso, Con Excepción De Las Supresiones De Los Conserjes De Aseo En Los Ramos De Correos Y Telégrafos, Que Rigen Desde El Primero (19) De Febrero Último
Decreto 700 de 1949 · por el cual se hacen unas supresiones y creaciones en el personal de Oficinas Directas, Ramo de Correos y Ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.