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Artículo 12

La Sexta Zona De Servicio Territorial Se Dividirá En Los Siguientes Distritos Militares: Distrito Militar De Medellín, Número 30

Decreto 578 de 1910 · Por el cual se organiza el servicio del Escalafón Territorial, en desarrollo del artículo 3o de la Ley 22 de 1909 y la 71 del mismo año

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sexta Zona de servicio territorial se dividirá en los siguientes Distritos Militares: Distrito Militar de Medellín, número 30. Compuesto de los Distritos de Reclutamiento (Municipios) de Medellín, que será su cabecera; Barbosa, Caldas, Copacabana, Envigado, La Estrella, Guarne, Itagüí, Girardota, Puerto Berrío, Prado, Santo Domingo, San Pedro, San Roque, El Retiro, Concepción, Marinilla, Carmen, Cocorná, Guatapé, Peñol, Ríonegro, San Carlos, San Luis, San Rafael, Santuario, San Vicente, Granada, Alejandría y Yolombó. Distrito Militar de Santa Rosa de Osos, número 31. Compuesto de los Distritos de Reclutamiento (Municipios) de Santa Rosa de Osos, que será su cabecera; Amalfí, Carolina, Don Matías, Entrerríos, Gómez, Plata, Remedios, Segovia, Zaragoza, Yarumal, Angostura, Anorí, Campamento, Cáceres, Ituango, San Andrés y Zea. Distrito Militar de Antioquia, número 32. Compuesto de los Distritos de Reclutamiento (Municipios) de Antioquia, que será su cabecera; Anzá, Betulia, Buriticá, Giraldo, Urrao, Sopetrán, Belmira, Ebéjico, Liborina, Sabanalarga, San Jerónimo y Sucre. Distrito Militar de Jericó, número 33. Compuesto de los Distritos de Reclutamiento (Municipios) de Jericó, que será su cabecera; Andes, Bolívar, Concordia, Jardín, Caramanta, Salgar, Támesis, Valparaíso, El Carmen, Fredonia, Amagá, Angelópolis, Armenia, Heliconia, Titiribí, Sonsón, Abejorral, La Ceja y Santa Bárbara. Distrito Militar de Frontino, número 34. Compuesto de los Distritos de Reclutamiento (Municipios) de Frontino, que será su cabecera, Cañasgordas, Dabeiba, Pavarandocito, Ríosucio, Murindó y Turbo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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