Micelio

Artículo 11

En La Respectiva Sentencia Se Dispondrá El Decomiso A Favor Del Estado De Todos Los Bienes Denunciados Por El Procesado En Su Confesión, Salvo Los Derechos De Terceros De Buena Fe Y De Los Demás Cuya Relación Directa Con El Delito Se Acredite Por Cualquier Otro Medio Probatorio, Quien Quiera Que Sea Su Dueño

Decreto 2047 de 1990 · por el cual se crean mecanismos para incentivar el sometimiento a la justicia de quienes hayan cometido delitos relacionados con los motivos de perturbación del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la respectiva sentencia se dispondrá el decomiso a favor del Estado de todos los bienes denunciados por el procesado en su confesión, salvo los derechos de terceros de buena fe y de los demás cuya relación directa con el delito se acredite por cualquier otro medio probatorio, quien quiera que sea su dueño.

Parágrafo

Todo lo anterior se aplicará sin perjuicio de las normas vigentes sobre destinación provisional y definitiva de los bienes vinculados o derivados de los delitos a que se refiere este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2047 de 1990