Micelio

Artículo 8

La Aptitud Física Para Los Ascensos De Los Oficiales Navales En Todas Las Ramas, Se Comprobará Con El Certificado Respectivo, Expedido Por La Dirección Genera De Sanidad, De Acuerdo Con Los Reglamentos Sobre La Material

Decreto 647 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 20 de la Ley 105 de 1936 y 16 del Decreto número 50 de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° la aptitud física para los ascensos de los oficiales navales en todas las ramas, se comprobará con el certificado respectivo, expedido por la Dirección Genera de Sanidad, de acuerdo con los reglamentos sobre la material.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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