Micelio

Artículo 8

Decreto 175 de 1978 · Por el cual se establece el Régimen de Importaciones Menores y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Facúltase a los Administradores de Aduanas para que entreguen mediante Acta, previo reconocimiento, aforo y avalúo, con intervención de la Auditoría Fiscal y de las autoridades sanitarias correspondientes y pagando los derechos de Aduana respectivos de acuerdo con las cantidades autorizadas en la Licencia o Registro de Importación, las siguientes mercancías: Animales vivos, carnes y despojos comestibles (no enlatados), plantas vivas y productos de la foricultura, legumbres, plantas, raíces, tubérculos alimenticios y frutos comestibles (no enlatados).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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