Micelio

Artículo 7

º Cuando El Tribunal De Etica Medica O Cualquier Otra Autoridad Competente Ordene Suspender En El Ejercicio De La Profesión A Un Profesional De La Medicina, El Ministerio De Salud Procederá A Ello Mediante Resolución Motivada, Con Base En La Comunicación Enviada Por La Citada Autoridad; Para Lo Cual Llevará Un Registro Especial

Decreto 1465 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1981 en cuanto a la expedición de la Tarjeta Profesional del Médico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando el Tribunal de Etica Medica o cualquier otra autoridad competente ordene suspender en el ejercicio de la profesión a un profesional de la medicina, el Ministerio de Salud procederá a ello mediante resolución motivada, con base en la comunicación enviada por la citada autoridad; para lo cual llevará un registro especial. Esta medida se publicará por el Ministerio de Salud, en un periódico de amplia circulación nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1465 de 1992