Facultase al Comando General de las Fuerzas Armadas para modificar a propuesta de los Comandos de Fuerza, semanalmente, si es el del caso, las materias y programas de los Cursos, con el objeto de estar acordes con el progreso que se haya alcanzado en materias militares.
Decreto 570 de 1960 →Vigente
Artículo 38
Facultase Al Comando General De Las Fuerzas Armadas Para Modificar A Propuesta De Los Comandos De Fuerza, Semanalmente, Si Es El Del Caso, Las Materias Y Programas De Los Cursos, Con El Objeto De Estar Acordes Con El Progreso Que Se Haya Alcanzado En Materias Militares
Decreto 570 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Título 1 de la Ley 126 de 1959.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.