Micelio

Artículo 3

Las Loterías Y Beneficencias Podrán Crear Estímulos O Incentivos Que Permitan La Mayor Comercialización De Las Apuestas A Que Se Refiere La Ley 1º De 1982 Y Su Mejor Control U Operacionalidad

Decreto 386 de 1983 · Por el cual se dictan normas en materia de apuestas permanentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las Loterías y Beneficencias podrán crear estímulos o incentivos que permitan la mayor comercialización de las apuestas a que se refiere la Ley 1º de 1982 y su mejor control u operacionalidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 386 de 1983