Micelio

Artículo 18

Las Concesiones Que Otorguen Los Municipios Para El Establecimiento De Servicios Telefónicos De Acuerdo Con El Artículo 5

Decreto 695 de 1928 · Por el cual se reglamenta el servicio telefónico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las concesiones que otorguen los Municipios para el establecimiento de servicios telefónicos de acuerdo con el artículo 5. Del presente Decreto, serán aprobados por el Ministerio del ramo si en ellas se han cumplido los requisitos generales establecidos en el mismo Decreto; en caso contrario indicarán las reformas que deban hacerse, y mientras éstas no se hagan, se abstendrá de dar su aprobación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 695 de 1928