Micelio

Artículo 9

El Control Fiscal De Los Fondos Suministrados Por La Nación Para La Explotación Del Transbordador Del Paso De Gambote, Del Recaudo De Los Derechos Del Mismo Paso, Y De Los Impuestos De Pontazgo Ulteriores, Será Hecho Por La Contraloría General De La República, De Acuerdo Con Las Normas Legales Vigentes Durante El Desarrollo De Los Convenios Que Las Empresas Públicas Municipales De Cartagena Hayan Celebrado Con La Nación

Decreto 3145 de 1954 · Por el cual se autoriza la construccion de un puente sobre le canal del Dique y la ejecucion de contratos por el sistema de concesion

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El control fiscal de los fondos suministrados por la Nación para la explotación del transbordador del paso de Gambote, del recaudo de los derechos del mismo paso, y de los impuestos de pontazgo ulteriores, será hecho por la Contraloría General de la República, de acuerdo con las normas legales vigentes durante el desarrollo de los convenios que las Empresas Públicas Municipales de Cartagena hayan celebrado con la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3145 de 1954