Micelio

Artículo 70

El Capellán Visitará Todos Los Días La Enfermería

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Capellán visitará todos los días la enfermería. También visitará a los detenidos o condenados recién entrados, a los que se encuentren en aislamiento y a los que van a ser puestos en libertad, para ayudarlos y guiarlos con consejos y asistencia espiritual;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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