El Capellán visitará todos los días la enfermería. También visitará a los detenidos o condenados recién entrados, a los que se encuentren en aislamiento y a los que van a ser puestos en libertad, para ayudarlos y guiarlos con consejos y asistencia espiritual;
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 70
El Capellán Visitará Todos Los Días La Enfermería
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.