Para la expedición de las credenciales a que se refiere el artículo 27 del Decreto 848 de 1990, la solicitud del representante legal debe incluir los siguientes datos del personal: nombres y apellidos, número de cédula de ciudadanía, lugar y fecha de nacimiento, número de libreta militar indicando la clase, profesión u oficio, estudios, cargo que ocupe en la empresa y fecha de ingreso. En cuanto a la carencia de antecedentes de que trata el ordinal 3º del artículo 28 del Decreto 848 de 1990, será acreditada por la Dirección de Policía Judicial e Investigación DIJIN. de la Policía Nacional y mediante el certificado judicial y de policía expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. La vigencia de la credencial será de un año. CAPITULO V. Medios y equipos de las empresas de vigilancia privada
Decreto 1160 de 1991 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1160 de 1991 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 848 y 1195 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.