La inmovilización o retención de los vehículos procederá en los eventos señalados en el artículo 49 de la Ley 336 de 1996.
Parágrafo
La autoridad competente reglamentará el procedimiento a seguir para la inmovilización o retención de los vehículos.
La Inmovilización O Retención De Los Vehículos Procederá En Los Eventos Señalados En El Artículo 49 De La Ley 336 De 1996
Decreto 1558 de 1998 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre colectivo metropolitano, distrital y/o municipal de pasajeros.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La inmovilización o retención de los vehículos procederá en los eventos señalados en el artículo 49 de la Ley 336 de 1996.
La autoridad competente reglamentará el procedimiento a seguir para la inmovilización o retención de los vehículos.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.