º. El que sin permiso de autoridad competente suprima o modifique los números de identificación de motor, carrocería, bastidor o "chasis" de vehículo automotor o los de la placa de su matrícula, o use placa distinta de la autorizada, incurrirá en arresto de seis a veinticuatro meses.
Decreto 1118 de 1970 →Vigente
Artículo 33
El Que Sin Permiso De Autoridad Competente Suprima O Modifique Los Números De Identificación De Motor, Carrocería, Bastidor O "chasis" De Vehículo Automotor O Los De La Placa De Su Matrícula, O Use Placa Distinta De La Autorizada, Incurrirá En Arresto De Seis A Veinticuatro Meses
Decreto 1118 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de Contravenciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.