Micelio

Artículo 30

Los Suboficiales De Las Fuerzas De Policía Que Cumplieren Comisiones Del Servicio Fuera De Su Guarnición, Tendrá Derecho A Los Pasajes Y A Una Partida De Auxilios De Marcada Permanencia, De Acuerdo Con La Reglamentación Que Expida El Comando De Las Fuerzas De Policía

Decreto 2687 de 1955 · Por el cual se organiza la Carrera Profesional de los Suboficiales de las Fuerzas de Policía

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Suboficiales de las Fuerzas de Policía que cumplieren comisiones del servicio fuera de su guarnición, tendrá derecho a los pasajes y a una partida de auxilios de marcada permanencia, de acuerdo con la reglamentación que expida el Comando de las Fuerzas de Policía.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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