Para los fines del artículo 116 de la Ley 9º de 1989, las autoridades catastrales informarán el avalúo catastral vigente para la proporción del Inmueble que se pretende enajenar y expedirán un certificado especial.
Decreto 2400 de 1989 →Vigente
Artículo 17
Para Los Fines Del Artículo 116 De La Ley 9º De 1989, Las Autoridades Catastrales Informarán El Avalúo Catastral Vigente Para La Proporción Del Inmueble Que Se Pretende Enajenar Y Expedirán Un Certificado Especial
Decreto 2400 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1989
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.