Micelio

Artículo 12

Los Empleados Subalternos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Que Tengan La Obligación De Participar En Trabajos Ordenados Para La Preparación Y Elaboración Del Presupuesto De Rentas Y Ley De Apropiaciones, Su Liquidación Y Demás Labores Anexas Al Cierre E Iniciación De Cada Vigencia Fiscal Podrán Devengar Horas Extras, Dominicales Y Festivos, Siempre Y Cuando Estén Comprendidos En Los Siguientes Niveles: El Nivel Operativo; El Nivel Administrativo Hasta El Grado 16 Inclusive; El Nivel Técnico Hasta El Grado 10 Inclusive; El Nivel Profesional Hasta El Grado 10 Inclusive, Y El Nivel Ejecutivo Hasta El Grado 09 Inclusive

Decreto 157 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados subalternos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que tengan la obligación de participar en trabajos ordenados para la preparación y elaboración del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, su liquidación y demás labores anexas al cierre e iniciación de cada vigencia fiscal podrán devengar horas extras, dominicales y festivos, siempre y cuando estén comprendidos en los siguientes niveles: El nivel Operativo; el nivel Administrativo hasta el Grado 16 inclusive; el nivel Técnico hasta el Grado 10 Inclusive; el nivel Profesional hasta el Grado 10 inclusive, y el nivel Ejecutivo hasta el Grado 09 inclusive. El Director General del Presupuesto podrá autorizar el trabajo de horas extras, dominicales y festivos, para la elaboración de los trabajos anteriormente citados, sin que la cuantía mensual exceda el 25% de la remuneración de cada funcionario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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