Micelio

Artículo 8

Para Asegurar Una Correcta Programación Y Asignación De Los Recursos El Confis, Con Relación A Las Empresas Previstas En El Artículo Segundo, O La Dirección General Del Presupuesto, En El Caso De Las Detalladas En El Artículo Tercero Del Presente Decreto, Podrán Solicitar En Cualquier Momento A Las Empresas Que Realicen Una Reprogramación O Revisión De Sus Presupuestos En Caso De Que Las Circunstancias Aconsejen Este Procedimiento

Decreto 2914 de 1991 · por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de la Empresas Industriales y Comerciales del Estado, para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para asegurar una correcta programación y asignación de los recursos el Confis, con relación a las empresas previstas en el artículo segundo, o la Dirección General del Presupuesto, en el caso de las detalladas en el artículo tercero del presente Decreto, podrán solicitar en cualquier momento a las empresas que realicen una reprogramación o revisión de sus presupuestos en caso de que las circunstancias aconsejen este procedimiento. La Dirección General del Presupuesto velará y coordinará por el cumplimiento de estas decisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2914 de 1991