- Recibidas aquí las esmeraldas en la forma indicada, se limpiarán, clasificarán y pesarán nuevamente, y se avaluarán por un experto elegido por el Gobierno, todo en presencia de los funcionarios mencionados en el artículo anterior; de esas operaciones y de sus resultados se extenderá una acta por triplicado. Un ejemplar de ella se conservará en el Ministerio de Hacienda, otro será enviado al Ministerio del Tesoro y el tercero se remitirá a la Corte de Cuentas.
Decreto 798 de 1923 →Vigente
Artículo 11
- Recibidas Aquí Las Esmeraldas En La Forma Indicada, Se Limpiarán, Clasificarán Y Pesarán Nuevamente, Y Se Avaluarán Por Un Experto Elegido Por El Gobierno, Todo En Presencia De Los Funcionarios Mencionados En El Artículo Anterior; De Esas Operaciones Y De Sus Resultados Se Extenderá Una Acta Por Triplicado
Decreto 798 de 1923 · Por el cual se reglamenta la administración y explotación de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.