º. La Administración y representación del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico Mineras estará a cargo de un Ejecutivo, Agente del Presidente de la República de su libre nombramiento y remoción. Para ser designado Director Ejecutivo del Instituto se requiere ser Geólogo o Ingeniero de Minas graduado y acreditar experiencia técnica administrativa, en la orientación, organización y ejecución de programas de Investigaciones Geológico Mineras.
Decreto 441 de 1969 →Vigente
Artículo 9
La Administración Y Representación Del Instituto Nacional De Investigaciones Geológico Mineras Estará A Cargo De Un Ejecutivo, Agente Del Presidente De La República De Su Libre Nombramiento Y Remoción
Decreto 441 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras (Ingeominas).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.