Son funciones de la Junta Directiva: a) Elaborar propuestas de modificaciones a los estatutos las cuales se adoptarán por mayoría de votos y serán sometidas a aprobación por el Gobierno Nacional. b) Estudiar y aprobar la estructura orgánica y los manuales o reglamentos de funcionamiento interno. c) Designar al Director, al Subdirector y al Auditor Interno de la sede principal de Bogotá. d) Designar al Administrador, al Subadministrador y al Auditor Interno de las Sucursales del Círculo. e) Determinar las políticas financieras del Círculo. f) Aprobar o improbar, la propuesta del Director del Círculo o del Administrador de las Sucursales, de lo siguiente
Los estados financieros.
Los presupuestos ordinarios de ingresos y egresos. 3. los planes y presupuestos de inversión para ampliación de los servicios e instalaciones. g) Autorizar los contratos o adquisiciones que se deriven del literal anterior cuya cuantía exceda de $ 500.000.00 valor que será reajustado anualmente por Acuerdo de la Junta Directiva según índices de devaluación. h) Resolver las peticiones que dirijan los afiliados cuando su solución no esté dentro de las atribuciones del Director o del Administrador. i) Fijar y modificar la cuantía de los aportes de admisión, sostenimiento y extraordinarios. j) Autorizar las operaciones de que trata el artículo 4° literales a), b) y d). k) Autorizar la contratación de los servicios de Auditoría Externa y recibir los informes correspondientes. l) Fijar la dotación, denominación, asignación, primas y subsidios del personal de planta, no orgánico de las Fuerzas Militares ni del Ministerio de Defensa Nacional. ll) Resolver las solicitudes de admisión de afiliados. m) Requerir de los Comandos de Fuerza, ternas con candidatos para los cargos a que se refiere el presente artículo. n) Tramitar los asuntos administrativos, disciplinarios y penales del personal de planta a las autoridades competentes. ñ) Las demás previstas en estos estatutos.