Las nóminas, planillas de jornales y cuentas por viáticos y honorarios de los empleados y del personal dependiente de este Ministerio con residencia en Bogotá requieren, para su validez, únicamente el visto bueno del Jefe del ramo respectivo y la autorización del Ministro o del Secretario del Ministerio, quien los firmará en nombre y representación de aquél.
Artículo 13
Las Nóminas, Planillas De Jornales Y Cuentas Por Viáticos Y Honorarios De Los Empleados Y Del Personal Dependiente De Este Ministerio Con Residencia En Bogotá Requieren, Para Su Validez, Únicamente El Visto Bueno Del Jefe Del Ramo Respectivo Y La Autorización Del Ministro O Del Secretario Del Ministerio, Quien Los Firmará En Nombre Y Representación De Aquél
Decreto 993 de 1935 · Por el cual se reglamenta la selección de personal en los ramos de Correos y Telégrafos, y se dictan otras disposiciones de carácter administrativo en el Ministerio del ramo.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.