Los grados de riesgo los determinará el Instituto en cada caso, teniendo en cuenta las condiciones de higiene y las medidas de prevención y de seguridad adoptadas por el respectivo patrono.
Decreto 1698 de 1960 →Vigente
Artículo 43
Los Grados De Riesgo Los Determinará El Instituto En Cada Caso, Teniendo En Cuenta Las Condiciones De Higiene Y Las Medidas De Prevención Y De Seguridad Adoptadas Por El Respectivo Patrono
Decreto 1698 de 1960 · Por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.