La Junta Directiva podrá delegar en el Director las funciones de la clase C a que se refieren en los numerales 5, 13 y 14 del artículo 13. Esta delegación deberá ser hecha con el voto unánime de los miembros de la Junta Directiva y por escrito, señalando con precisión las funciones delegadas.
Decreto 1421 de 1969 →Vigente
Artículo 20
La Junta Directiva Podrá Delegar En El Director Las Funciones De La Clase C A Que Se Refieren En Los Numerales 5, 13 Y 14 Del Artículo 13
Decreto 1421 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional del Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.