° Facúltase igualmente a la Junta Reguladora de Cambios para autorizar el registro definitivo de importaciones destinadas al Gobierno Nacional sin la previa aprobación por parte de los Ministerios de Agricultura y de Fomento, de que trata el artículo 7° del Decreto 638 de 1951.
Decreto 1235 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Facúltase Igualmente A La Junta Reguladora De Cambios Para Autorizar El Registro Definitivo De Importaciones Destinadas Al Gobierno Nacional Sin La Previa Aprobación Por Parte De Los Ministerios De Agricultura Y De Fomento, De Que Trata El Artículo 7° Del Decreto 638 De 1951
Decreto 1235 de 1952 · Por el cual se modifican los Decretos números 638 de 1951 y 402 de 1952
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.