Micelio

Artículo 1

La Superintendencia Nacional De Precios Se Denominará Superintendencia Nacional De Producción Y Precios Y Será Un Organismo Adjunto Al Ministerio De Desarrollo Económico, Que Goza De La Autonomía Administrativa Establecida En El Presente Decreto Y Encargado De Hacer Cumplir Las Leyes Y Decretos Relacionados Con Las Actividades Sujetas A Su Control Y Vigilancia

Decreto 201 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia Nacional de Precios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Superintendencia Nacional de Precios se denominará Superintendencia Nacional de Producción y Precios y será un organismo adjunto al Ministerio de Desarrollo Económico, que goza de la autonomía administrativa establecida en el presente Decreto y encargado de hacer cumplir las leyes y decretos relacionados con las actividades sujetas a su control y vigilancia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 201 de 1974