Micelio

Artículo 1

Los Actos Públicos De Cualquiera Naturaleza Que Organicen Las Sociedades Nacionales De La Cruz Roja De Los Países Extranjeros Solo Podrán Llevarse A Cabo Previa La Aquiescencia Del Departamento De Asistencia Social Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social

Decreto 1031 de 1943 · Por el cual se reglamentan las actividades que pueden desarrollar en Colombia las sociedades de la Cruz Roja pertenecientes a Estados extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los actos públicos de cualquiera naturaleza que organicen las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja de los países extranjeros solo podrán llevarse a cabo previa la aquiescencia del Departamento de Asistencia Social del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.

Parágrafo

Aclárase y adicionase en esa forma el artículo 6º del Decreto número 1858 de octubre 15 de 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1031 de 1943