Micelio

Artículo 10

El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1

Decreto 2707 de 1976 · Por el cual se hace unas modificaciones a unos Decretos de Planta de Personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10. El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 1. o de marzo de 1976, para los empleados que estuvieren prestando sus servicios en la Dirección General de Impuestos Nacionales y la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, de la mencionada Dirección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en dicha fecha y sean incorporados a la Planta de Personal a que se refiere el presente Decreto. Para quienes hubieren ingresado con posterioridad, surtirá efectos fiscales a partir de la fecha de su posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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